viernes, 22 de enero de 2016

MUJERES, PUEDEN SER NOTARIOS.

Época: Quinta Época
Registro: 321210
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo XCI
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Página: 1967
MUJERES, PUEDEN SER NOTARIOS.
Aun cuando la Ley Electoral de Poderes Federales restringe el derecho de ser elector y lo confiere tan sólo a los varones, esta ley no deroga al artículo 34 de la Constitución Política, que señala los requisito para se ciudadanos, entre los que no se encuentra el de pertenecer a determinado sexo; y el espíritu del artículo 24 de la Ley del Notariado, no puede ser el de excluir a las mujeres del derecho de ejercer la profesión notarial, sino el de exigir que el aspirante no haya sido suspendido o privado de los derechos de ciudadanía, atento el requisito de honestidad plena y buena conducta. Además, la Constitución Federal sólo exige para la ciudadanía, los requisitos de ser mexicano por nacimiento, haber cumplido 18 o 20 años, según se trate de casados o solteros y tener modo honesto de vivir; por tanto, no hay razón alguna para negar a una mujer que cumple con los requisitos legales, el ejercer la profesión de notario.

Amparo administrativo en revisión 496/45. Saucedo Avila Lucina. 7 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.



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